AVISO A LOS ACCIONISTAS HECHO DE IMPORTANCIA PROPUESTA DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
PROPUESTA DE AUMENTO DE CAPITAL, HASTA POR Bs. 51.583.860,00
CORRESPONDIENTES AL DIVIDENDO PAGADERO EN ACCIONES
ANTECEDENTES: INCLUYENDO EL PLAN DE CAPITALIZACIÓN DE SER APROBADO EN ASAMBLEA ORDINARIA DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024
CAPITAL A LA FECHA DE CONVOCATORIA – Suscrito y Pagado Bs.128.959.650
Aumentos de Capital Autorizados por parte de SUDEBAN y SUNAVAL
· Aumento de capital, a valor nominal, aprobado por la Asamblea Ordinaria el 21/09/2022, hasta por un máximo de Bs.15.838.600,00
Aumentos de Capital pendientes de Autorización por parte de SUDEBAN y/o SUNAVAL
· Aumento de capital, a valor nominal, aprobado por la Asamblea Ordinaria el 22/03/2023, en trámite ante la Superintendencia Nacional de Valores, hasta por un máximo de Bs. 113.121.050,00
· Aumento de capital, a valor nominal, aprobado por la Asamblea Ordinaria el 20/09/2023, en trámite ante la Superintendencia Nacional de Valores, hasta por un máximo de Bs. 386.378.950,00
Aumento de capital, a valor nominal, aprobado por la Asamblea Ordinaria el 20/03/2024, en trámite ante la Superintendencia Nacional de Valores, hasta por un máximo de Bs. 128.959.650,00
Propuesta de Aumento de Capital Asamblea Ordinaria convocada para el 18/09/2024 Bs 51.583.860
Notas sobre el AUMENTO DE CAPITAL: El monto del aumento de capital es igual al monto del dividendo pagadero en efectivo y en acciones, y por tanto:
· Las acciones resultantes del aumento de capital serían comunes, nominativas, no convertibles al portador, de una misma clase, con valor nominal de Bs 0,001, o el valor que corresponda después de ejecutado el plan de Reestructuración y Capitalización aprobado en la Asamblea Extraordinaria celebrada el 22 de marzo de 2023.
· Publicación de un Aviso en la Prensa una vez obtenidas las autorizaciones de las autoridades competentes.
· El aumento de capital está limitado a los accionistas del Banco a la fecha límite de transacción con beneficio que corresponda, según las normas que rigen el mercado de valores.
· Las fracciones de Acciones, de ser procedente, podrán ser adquiridas por la Caja de Ahorros de los Trabajadores de BNC, en caso de que hubiera manifestado su interés en adquirirlas previamente.
· Las fracciones de Acciones, de ser procedentes podrán ser pagadas en efectivo a los Accionistas a su solicitud. · El aumento de capital requiere del pronunciamiento favorable de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, SUDEBAN; del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional, OSFIN, y el cumplimiento de todas las normas y formalidades de Ley