En fecha 2 de marzo del presente año, nuestra filial IBH de Venezuela, C.A. (“IBH de Venezuela”), filial directa de International Briquettes Holding (IBH), fue notificada de la sentencia dictada por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 10 de febrero de 2022, signada con el No. 00019, mediante la cual se declaró “Sin Lugar” las Demandas Contencioso Administrativas de Anulación interpuestas por IBH de Venezuela contra los decretos presidenciales publicados en la Gaceta Oficial (extraordinario) No. 6.119 de 19 de diciembre de 2013 (procesos acumulados): (i) Decreto No. 695, mediante el cual se afectan los bienes muebles, inmuebles y bienhechurías que sirven para el funcionamiento de la sociedad mercantil Venezolana de Prerreducidos Caroní, C.A. (VENPRECAR) y sus empresas filiales, los cuales se consideran indispensables para la ejecución de la Obra Fortalecimiento de la Transformación del Mineral de Hierro y Generación de Briquetas en Caliente que Contribuyan con el Sector Industrial Siderúrgico; y (ii) Decreto No. 697, mediante el cual se afectan los bienes muebles, inmuebles y bienhechurías que sirven para el funcionamiento de la sociedad mercantil Orinoco Iron, S.C.S., Sociedad en Comandita Simple (ORINOCO IRON) y sus empresas filiales, los cuales se consideran indispensables para la ejecución de la Obra Fortalecimiento de la Reducción Directa del Mineral de Hierro y Generación de Briquetas en Caliente que Contribuyan con el Sector Industrial Siderúrgico. La referida decisión se encuentra disponible en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (http://www.tsj.gob.ve).
Eduardo Mendoza Gil
Representante Judicial Suplente